Categoría: Notícias Comentarios: 0 0 Fecha de Publicación: mayo 10, 2018

Imigrar para os Estados Unidos. Saiba como proceder.

Hay varias maneras de inmigrar y/o vivir legalmente en los Estados Unidos, como por lazos familiares, el matrimonio, el empleo, las inversiones, etc.

  1. L-1 Visado de Negocios

La visa L-1 autoriza que una empresa en el extranjero transfiera a gerentes y personal para gestionar una empresa subsidiaria o afiliada en los Estados Unidos. También se puede utilizar para transferir a los gerentes y personal para iniciar una nueva empresa subsidiaria o filial. Sin embargo, se requiere una prueba de que la operación estadounidense se ha constituido, a través de un contrato social, documentos de incorporación, etc.

Emigrar a los Estados Unidos. Aprende cómo proceder.

Hay varias maneras de inmigrar y/o vivir legalmente en los Estados Unidos, como por lazos familiares, el matrimonio, el empleo, las inversiones, etc.

  1. L-1 Visado de Negocios

La visa L-1 autoriza que una empresa en el extranjero transfiera a gerentes y personal para gestionar una empresa subsidiaria o afiliada en los Estados Unidos. También se puede utilizar para transferir a los gerentes y personal para iniciar una nueva empresa subsidiaria o filial. Sin embargo, se requiere una prueba de que la operación estadounidense se ha constituido, a través de un contrato social, documentos de incorporación, etc.

La categoría de visado L1 no está restringida a operaciones de un cierto tamaño, ni es requisito que la empresa en el exterior y la norteamericana trabajen en el mismo tipo de negocio.

Una gran ventaja del L-1 es que, en ciertas circunstancias, puede ser capaz de posteriormente obtener una tarjeta verde sin la necesidad del desgastante proceso de certificación del trabajo, que normalmente sería el primer paso requerido de aquellos que buscan obtener Green Cards a través de sus empleos. En el futuro, el cónyuge de un L-1 puede obtener permiso de trabajo durante su estancia en los Estados Unidos.

La visa L-1 puede obtenerse rápidamente, generalmente en 45 días. Sin embargo, para garantizar la aprobación o determinación de la petición dentro de 15 días, puedes pagar un adicional a USCIS (Departamento de Inmigración Americana) de US $ 1.000,00 para la aceleración del proceso.

Pasos

El proceso de residencia permanente a través del L1A se realiza en tres etapas:

  • Inicialmente, la visa L1A se emite por un período de un año con el objetivo de iniciar las operaciones de la subsidiaria americana;
  • Segundo, el visado L1 puede renovarse por otros dos años (el total del período autorizado de permanencia del portador del L1A es de siete años). La renovación del visado se concederá después del análisis del crecimiento y de los datos financieros del primer año de la subsidiaria estadounidense, entre otras consideraciones;
  • Tercero, una vez renovado por dos años, el titular del visado L1A podrá solicitar la residencia permanente, siendo la empresa estadounidense el patrocinador de la Green Card del portador y de sus familiares.

L1- Requisitos:

Calificas para una visa L-1 si has sido empleado en el extranjero como un gerente, ejecutivo o persona con conocimientos especializados durante al menos un año en los últimos tres años, y si estás siendo transferido a los Estados Unidos para desempeñar un cargo similar. La empresa estadounidense a la que te estás transfiriendo debe ser una filial, subsidiaria o empresa conjunta. La empresa debe permanecer en funcionamiento mientras tienes la visa L-1. Para conseguir el documento, no es necesario que la empresa esté operando en una estructura de negocios específica. Varias formas de negocio son aceptadas, pero no restringidas a corporaciones, corporaciones limitadas, alianzas, empresas conjuntas, etc.

Gerente, Ejecutivo o persona con conocimiento especializado:

Para ser elegido para tener una visa L-1, el empleo que poseas en la empresa fuera de los Estados Unidos debe ser de gerente, ejecutivo (dueño) o persona con conocimiento especializado. Debes haber trabajado en el cargo requerido por lo menos 1 año, en los últimos 3 años. Para propósitos de inmigración, las definiciones de gerente, ejecutivo o persona con conocimiento especializado son más estrictas.

  1. Gerente

Un gerente se define como una persona que posee las 4 características a continuación:

  • Gestiona la empresa o el departamento de organización;
  • Supervisa y controla el trabajo de otro supervisor, profesional o empleados gerenciales o administra una función esencial para la organización;
  • Tiene autoridad para contratar y despedir a las personas supervisadas. Si nadie es supervisado, el encargado debe trabajar en un nivel mayor dentro de la organización;
  • Tiene autoridad para tomar decisiones concernientes a operaciones corrientes en la porción de la organización del cual él o ella administra.
  1. Los ejecutivos

Un ejecutivo se define como una persona que posee todas las 4 de las siguientes características:

  • Gestiona la empresa o la mayor parte de ella;
  • Fija metas en la empresa;
  • Tiene autoridad y poder de decisión discrecional extenso;
  • Recibe sólo supervisión general de ejecutivos de alto nivel, un consejo de directores o de accionistas de la empresa.

Un ejecutivo que viene a trabajar en la empresa estadounidense que debe estar en funcionamiento hace al menos un año también califica como empleado de prioridad para la Green Card.

Parientes Acompañantes

Cuando calificas para una visa L-1, tu cónyuge e hijos menores de 21 pueden tener visas L-2. Los cónyuges también son capaces de obtener permiso para trabajar durante su estancia en los Estados Unidos.

Proceso

La empresa necesita crear un Business Plan (“en el que se mencionarán los valores que la sede enviará a la filial en términos de inversiones, salarios, maquinaria, etc., en los primeros tres años, además de otros temas como la explicación en cuanto a la elección del lugar en territorio estadounidense, si ya existen clientes en Estados Unidos, quienes son o serán los clientes y por qué cree que éste será un buen negocio”). Para ello, el abogado provee un modelo de Business Plan ya aprobado para facilitar ese proceso.

La empresa necesita tener al menos 8 empleados (o prestadores de servicio) y una facturación anual de al menos US$ 200.000,00, porque por debajo de esos números la aprobación es más difícil.

La oficina se encargará tanto del visado del solicitante principal (L1) como del cónyuge y los hijos (L2).

Este procedimiento, en caso de aprobación, da derecho a un año de visado L1 (y L2). Después de ese período, existe un proceso de evaluación de la empresa en los Estados Unidos, para comprobar si está establecida y tiene futuro, y en caso positivo, el visado es renovado generalmente por otros 3 años.

Motivos de decisión desfavorable

Muchas veces, lo que vemos es el USCIS aprobar el primer visto L1A teniendo como base un plan de negocios (business plan) y una cantidad convincente de dinero en el banco. Puede parecer fácil, inicialmente, conseguir el visado L1A, pero la renovación del visado puede tornarse problemática y acabar en frustración, principalmente para aquellos que desean permanecer definitivamente en los Estados Unidos.

Los motivos de decisión desfavorable en los procesos de renovación de L1A son prácticamente idénticos en la gran mayoría de los casos:

  1. El Peticionario no estableció que el beneficiario se empleara en un cargo de gerencia o como un ejecutivo de la empresa (esto ocurre, principalmente, cuando la empresa es pequeña y las autoridades inmigratorias consideran que el beneficiario está desempeñando funciones que no son inherentes a la posición de gerente o ejecutivo);
  2. El Peticionario no contrató adecuadamente o suficientemente empleados (en este caso los agentes de inmigración observan siempre si el número de funcionarios es proporcional al tamaño de la empresa, si funcionarios tienen algún diploma, se ocupan cargos de gerencia, etc.);
  3. El Peticionario no se estableció en un lugar específico (no alquiló o compró un espacio para instalar la empresa).

El mayor error cometido por la mayoría de los peticionarios o de los abogados de inmigración es creer que las mismas condiciones requeridas para la aprobación del primer término del visado L1A serán suficientes para garantizar la renovación del segundo término del visado. Este es un error grave. Para la obtención del primer L1A, el peticionario sólo necesita probar que está enviando un ejecutivo/gerente transferido para iniciar operaciones de la subsidiaria estadounidense. En el primer término, el ejercicio de funciones no gerenciales o ejecutivas, como administración, marketing, relaciones públicas y recursos humanos, está permitido.

LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA PRIMERA FASE DEL L-1:

Documentos de la Empresa Extranjera

  1. Copia del Contrato Social;
  2. Contrato de arrendamiento o contrato de compra de las instalaciones de la empresa;
  3. Impuesto de Renta de la Empresa de los últimos 3 años, si está disponible;
  4. Demostraciones financieras auditadas;
  5. Licencia Municipal;
  6. Registros de nómina de los funcionarios por un año completo. Copias de los registros de la nómina que incluyen la contabilidad de la nómina y el comprobante de pago de salarios a empleados (deben ser más de dos empleados) durante un año – por lo menos un registro/comprobante por trimestre es necesario;
  7. Lista de funcionarios con una descripción completa de sus funciones;
  8. Cuadro de funcionarios;
  9. Currículos y diplomas de los empleados;
  10. Extractos bancarios de la compañía de un año;
  11. Algunas facturas enviadas a los clientes durante los últimos tres años (si están disponibles);
  12. Contrato del negocio con los clientes;
  13. Fotografías de instalaciones de la empresa, mostrando instalaciones y empleados;
  1. Sitio Web;
  2. Material de marketing;
  3. Documentos del beneficiario;
  4. Currículo del beneficiario, junto con el diploma;
  5. Tarjeta de visita de beneficiario;
  6. Copia del pasaporte completo.

Documentos de la Compañía EE.UU. (abogado ayuda a abrir la empresa)

  1. Copia del Contrato Social;
  2. Carta de confirmación del IRS con Employer Identification Number (EIN);
  3. Certificados de Stock;
  4. Alquiler de establecimiento comercial o prueba de compra;
  5. Licencias/autorizaciones para el nuevo negocio;
  6. Carta del banco afirmando que la empresa tiene una cuenta abierta;
  7. Fotografías de oficina corporativa;
  8. Facturas de compra de muebles, material de oficina, etc, comprado para establecer una nueva empresa en los Estados Unidos;
  9. Sitio Web;
  10. Material de comercialización utilizado para promover o anunciar negocio;
  11. Plan de negocios de un contador público certificado o ejecutivo de la empresa (sugerimos usar un programa informático llamado BIZPLAN para preparar ese documento);
  12. Gráfico de la compañía propuesta;
  13. Evidencia de inversión para la nueva empresa de los Estados Unidos (si está disponible);
  14. Documentos de transferencia de dinero de la empresa extranjera directamente a la cuenta bancaria de la empresa estadounidense.
  15. EB-5 Visado de Inversionista

El programa EB-5 es una opción de residencia permanente dirigida a personas con alto poder adquisitivo. Como no existe lista de espera ni cuotas en esta categoría de inmigración, la residencia permanente puede obtenerse mucho más rápidamente que en la mayoría de otras alternativas.

El programa EB-5 requiere una inversión de al menos US$ 1 millón (o US$ 500 mil si es en “áreas designadas” o en “área rural”) en una empresa comercial, que va a crear al menos 10 empleos locales de tiempo completo. Aunque el papel del inversor no debe ser totalmente pasivo, el solicitante puede optar por involucrarse en la gestión del día a día del negocio si quiere o no. Las pruebas de fuentes legales de los recursos aplicados en la inversión serán necesarias. El solicitante podrá invertir en su propio negocio o en negocios de terceros. Hay algunas otras opciones pre-aprobadas disponibles para invertir conocidas por “centros regionales”. Los centros regionales son áreas donde el gobierno de los Estados Unidos pre-determinó como inversiones calificables a efectos del EB-5.

Si la petición es aprobada, el solicitante y sus dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años) recibirán residencia permanente condicional por dos años. En el plazo de 90 días antes del vencimiento de dicho plazo, el solicitante deberá presentar pruebas documentando que se ha realizado la inversión total necesaria y que se han creado 10 puestos de trabajo o que se crearán dentro de un período razonable de tiempo. Si se aprueba, el solicitante y los demás miembros de su familia recibirán la residencia permanente definitiva (Green Card), ya partir de ahí ya no será necesario el uso del EB-5.

  1. E-1 Visa de Tratado

Para calificar para el programa E-1, el solicitante debe ser de un país con el que Estados Unidos tenga un tratado y el candidato deberá venir a los EE.UU. a trabajar para una empresa, siempre y cuando tenga al menos el 50% que la misma pertenezca a otros ciudadanos de su país de origen. Al menos el 50% del comercio de la empresa necesita estar entre Estados Unidos y su país. Este “comercio” no se refiere sólo a bienes tangibles, sino también a la tecnología, servicios, transporte, etc. El volumen de negocios necesita ser sustancial y se evalúa por su valor en dólares, volumen y frecuencia. El visado E-1 se emite por dos años, pero puede prorrogarse por tiempo indefinido, mientras las condiciones de calificación siguen siendo válidas. El cónyuge también puede obtener autorización para trabajar en el país.

A diferencia de la visa EB-5, la visa E-1 no especifica un valor mínimo de inversión requerido para calificar. Depende de diversos factores como la naturaleza del negocio. Esta es una gran alternativa a la visa EB-5, pero el solicitante necesita poseer ciudadanía en uno de los países con los que Estados Unidos tiene el tratado.

Estados Unidos ha establecido el Tratado E-1 actualmente con los siguientes países: Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Bosnia Herzegovina, Brunéi, Canadá, Chile, China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Estonia, Etiopía , Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Honduras, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Jordania, Kosovo, Corea del Sur, Letonia, Liberia, Luxemburgo, Macedonia, México, Montenegro, Países Bajos, Noruega, Omán, Paraguay, Filipinas, Polonia, Serbia, Singapur, Eslovenia, España, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Reino Unido y Yugoslavia.

  1. E-2 Visado de Negocios e Inversiones por Tratado

Para calificar para el programa E-2, el solicitante debe ser ciudadano de un país con el que Estados Unidos tenga un tratado y debe venir a los EE.UU. a abrir un nuevo negocio o trabajar para una empresa en los Estados Unidos que sea al menos el 50% a inversores de su país. No hay un valor mínimo de capital exigido, pero la inversión debe ser lo suficientemente importante para operar una empresa en la rama elegida. La visa E-2 permite que el solicitante viva en los EEUU mientras que está invirtiendo, operando y administrando el negocio en los EEUU. El E-2 se expide por dos años, pero puede prorrogarse por tiempo indefinido, mientras las condiciones de calificación siguen siendo válidas. El cónyuge también puede obtener autorización para trabajar en el país.

A diferencia de la visa EB-5, la visa E-2 no especifica un valor mínimo de inversión requerido para calificar. Depende de diversos factores como la naturaleza del negocio. Esta es una gran alternativa a la visa EB-5, pero el solicitante necesita poseer ciudadanía en uno de los países con los que Estados Unidos tiene el tratado.

Los Estados Unidos establecieron el Tratado E-2 actualmente con los siguientes países: Albania, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Bangladesh, Bélgica, Bolivia, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Camerún, Canadá, Chile, China, Taiwán, Colombia, Congo (Brazzaville), Congo (Kinshasa) República Checa, República Checa, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Estonia, Etiopía, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Granada, Honduras, Irán, Irlanda, Italia, Japón, Jordania, Kazajstán, Corea del Sur, Kirguistán, Letonia, Liberia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, México, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Países Bajos, Noruega, Omán, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Polonia , Rumania, Senegal, Serbia, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, España, Sri Lanka, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido y Yugoslavia.

  1. Visados ​​derivados de la familia

  • Los ciudadanos estadounidenses pueden conferir Green Card a padres, hijos y hermanos.
  • Residentes permanentes pueden conferir Green Card a cónyuges e hijos solteros.

Nota: Estos visados ​​también se ofrecen a familiares por matrimonio y por adopción.

  1. Visas por Empleo
  • EB-1: personas con habilidades extraordinarias, profesores/investigadores, ejecutivos de multinacionales;
  • EB-2: personas con maestría/doctorado y médicos (en áreas carentes);
  • EB-3: trabajadores calificados y profesionales con título o experiencia de al menos 2 años;
  • EB-4: trabajadores religiosos y otros inmigrantes especiales;
  1. Lotería de la Green Card
  2. Refugiados y asilados
  3. Visados ​​para Visitas y Estancias Temporales

Generalmente tienen una validez de 10 años, pero cada estancia suele ser de hasta 6 meses.

  • B-1: Visa de Negocios – esta visa permite al extranjero venir a abrir un negocio, adquirir bienes (incluso inmuebles), firmar contratos y realizar algunas actividades específicas en los Estados Unidos. Sin embargo, no da permiso para trabajar, administrar directamente una empresa o recibir salarios en los Estados Unidos.
  • B-2: Visa de Turista.

Visados ​​de Estudiante

  • F-1: estudiantes.
  • J-1, H-3: entrenamiento y pasantías.

Visado de Trabajo y Empleo

  • H-1B: ocupación especializada (mínimo licenciatura, máximo de 6 años).
  • H-2A, H-2B: trabajadores de temporada (máximo 3 años).
  • O-1: personas con habilidad extraordinaria en artes, ciencias, educación, negocios o deportes.

Atención: Toda la información se proporciona aquí en líneas generales, a título de cortesía, y no pretende sustituir a un profesional especializado en esa área. Podemos indicarte a un abogado de inmigración de nuestra confianza.

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